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Los informes sobre remuneraciones deberán comunicarse como hechos relevantes a la CNMV
 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes dos circulares con nuevos requerimientos en materia de Gobierno Corporativo entre los que figura que los informes sobre remuneraciones de las empresas cotizadas deberán ser comunicados como hechos relevantes ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Así establecen los modelos para el informe anual de remuneraciones de los consejeros (IARC) de las sociedades anónimas cotizadas y de los miembros del consejo de administración y comisionados de la comisión de control de las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores.

Los nuevos informes de gobierno corporativo, previstos en la Circular 5/2013, incorporarán más información, cuantitativa y cualitativa, sobre diversidad de género: el número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración durante los últimos años y la explicación de las medidas adoptadas para lograr una presencia equilibrada de mujeres y hombres.

También se amplía y concreta en las circulares la información sobre el sistema de gestión de riesgos general de la compañía y, como punto más novedoso, se incluye un capítulo completo sobre el sistema de control interno de la información financiera (SCIIF): se deberán detallar los mecanismos establecidos por la entidad para el control y la evaluación de riesgos (incluyendo los de error o fraude) relacionados con su difusión, los procedimientos de revisión y autorización de la información a publicar y la función específica encargada de definir las políticas contables.

La Circular también destaca la información sobre los canales de denuncia y programas de formación y actualización periódica. Si la información sobre el SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, la entidad deberá incluir el informe del auditor como anexo. En caso contrario, deberá informar de los motivos.


(Fuente: Diario Siglo XXI)

http://www.prevencionrsc.uma.es/noticias.php?id=2260


 
© GRUPO DE INVESTIGACIÓN DEL TEP (223) DEL PAI. Actualizada el 26/04/2017